En agosto de este año, el IMPI determinó ampliar la denominación de origen del mezcal |
Citlalli Luciana
Mezcaleros de Oaxaca frenaron provisionalmente la ampliación de la denominación de origen del mezcal a través de una suspensión otorgada por un juez federal respecto de la resolución del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI).
La suspensión concedida a la Asociación Civil Comité Turístico-Económico Caminos del Mezcal, fue emitida a efecto de que el IMPI no otorgue ninguna autorización de uso a productores ubicados en los municipios que abarca la resolución de ampliación de la denominación de Origen del Mezcal, publicada el 8 de agosto de 2018 en el Diario Oficial de la Federación, hasta en tanto no se decida sobre su legalidad.
En agosto de este año, el IMPI determinó ampliar la denominación de origen del mezcal, destilado hecho a base de maguey o agave, a 3 municipios de Morelos, 15 del estado de México, seis de Aguascalientes y el municipio de Xochiltepec de Puebla.
A criterio del Juez Primero de Distrito en Materia Administrativa del Primer Circuito en la Ciudad de México, la suspensión “opera a favor de los consumidores que tendrán garantizado el adquirir productos cuya denominación de origen ya se encuentra autorizada evitando con ello el lucro de productos basados en similitudes o piratería”.
Mientras que, agrega, la suspensión “para los productores de mezcal… les serán resguardados sus derechos como auténticos autorizados para la explotación de mezcal, lo cual como se anticipó, genera identidad, sentido de pertenencia y comercialización auténtica”.
Además instruye a que suspenda el trámite, por conducto de la Secretaría de Relaciones Exteriores, para modificar el Registro Internacional de la Denominación de Origen Mezcal con la Resolución cuestionada, para su reconocimiento y protección en el extranjero.
Lo anterior se inscribe en el contexto del apoyo del Gobierno del Estado de Oaxaca está dando a sus productores para resguardar el patrimonio, tradiciones, identidad, pertenencia y reputación del Mezcal.
Se entiende por Denominación de Origen, el nombre de una región geográfica del país que sirva para designar un producto originario de la misma, y cuya calidad o característica se deban exclusivamente al medio geográfico, comprendido en éste los factores naturales y los humanos.
Noticias NVI
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