miércoles, 5 de diciembre de 2018

Un día antes de designar a la titular del SAT, modificaron requisitos.

En el DOF se publicaron los cambios a la legislación, los cuales eliminaban requisitos como haber desempeñado cargos de alto nivel decisorio. 
 

Silvia Rodríguez

Ciudad de México

Un día antes de que el presidente Andrés Manuel López Obrador informara que Margarita Ríos-Farjat será la nueva jefa del Servicio de Administración Tributaria (SAT), en el Diario Oficial de la Federación (DOF) se dieron a conocer cambios a la legislación de la dependencia relacionados con los requisitos que debe tener el titular del SAT.

De acuerdo con la Ley del SAT, la fracción II del artículo 13 decía: “haber desempeñado cargos de alto nivel decisorio, cuyo ejercicio requiera conocimientos y experiencia en las materias fiscal y aduanera”.

Se cambió por: “poseer al día de la designación, título profesional en las áreas de derecho, administración, economía, contaduría o materias afines, con una antigüedad mínima de diez años, expedido por autoridad o institución legalmente facultada para ello; así como contar con experiencia probada y estudios en materia fiscal, aduanera, financiera o alguna otra materia relacionada”.

Además, la fracción IV del artículo 13 mencionaba: “no desempeñar durante el periodo de su encargo ninguna otra comisión o empleo dentro de la Federación, Estados, Distrito Federal, Municipios, organismos descentralizados, empresas de participación estatal o de algún particular, excepto los cargos o empleos de carácter docente y los honoríficos; así como también estará impedido para ejercer su profesión, salvo en causa propia”.

Se cambió por: “no desempeñar durante el periodo de su encargo ninguna otra comisión o empleo dentro de la federación, entidades federativas, municipios, alcaldías de la Ciudad de México, órganos autónomos constitucionales, organismos descentralizados, empresas productivas del Estado, empresas de participación estatal o de algún particular, excepto los cargos o empleos de carácter docente y los honoríficos; así como también estará impedido para ejercer su profesión, salvo en causa propia”.

Milenio - GGA

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