Las negativas reiteradas del Servicio de Administración Tributaria (SAT) a acatar las resoluciones del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos (INAI) han quedado impunes.
El Órgano Interno de Control (OIC) del SAT le ha dado carpetazo a 14 de las 16 denuncias que el INAI ha presentado en los dos últimos años ante la negativa del ente recaudador a entregar la información pública que le ha sido requerida.
Las dos denuncias restantes, de acuerdo con datos del propio INAI, están en fase de integración, sin embargo, conforme a los criterios utilizados por el OIC en los casos ya resueltos, lo más probable es que determine dejar sin sanción estos dos últimos incumplimientos.
La información que el SAT se ha negado a entregar, no obstante que el INAI le ha ordenado que la ponga a disposición de distintos solicitantes, está relacionada con la condonación de créditos fiscales, así como con adeudos en el pago de impuestos, tanto de particulares como de entes públicos.
El SAT ha fundamentado su negativa en que el Código Fiscal le prohíbe revelar esos datos; no obstante, el INAI, que es la máxima autoridad del País en materia de transparencia, ha resuelto que el secreto fiscal no protege a aquellos que han incumplido con sus obligaciones y han causado con esa omisión un daño al erario público.
El argumento que ha esgrimido el OIC del SAT para no sancionar a ningún funcionario público, de acuerdo con información proporcionada por el INAI vía la ley de transparencia, es "falta de elementos".
Lo anterior a pesar de la que la Constitución establece que las resoluciones del INAI son vinculatorias, definitivas e inatacables.
Rolando Herrera/REFORMA
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