La CNDH refirió que los hechos se suscitaron en San Luis Potosí, y después de un análisis de las evidencias del expediente del caso se acreditaron diversas violaciones. Foto: Archivo |
Iris Velázquez
Cd. de México
Por golpear, torturar y abusar sexualmente de una mujer frente a sus dos hijos, la CNDH emitió una recomendación a la Secretaría de Marina y a la Comisión Nacional de Seguridad, por acciones atribuibles a sus elementos.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) refirió que los hechos se suscitaron en San Luis Potosí, y después de un análisis de las evidencias del expediente del caso se acreditaron diversas violaciones.
Entre éstas al derecho a la inviolabilidad del domicilio y a la privacidad, a la libertad y seguridad personal por detención ilegal y arbitraria, y a la integridad personal por actos de tortura.
También, señaló, se cometió violencia sexual contra la víctima, así como violaciones al principio del interés superior de la niñez en agravio de su hija e hijo, ambos menores de edad.
En la recomendación 48/2018, dirigida al Secretario de Marina, Vidal Francisco Soberón Sanz, y al Comisionado Nacional de Seguridad, Renato Sales Heredia, la CNDH recordó que la mujer acusó que mediante la fuerza tanto marinos como elementos de la Policía federal, entraron a su domicilio, mientras dormía en compañía de su familia.
Y cuando salió de su habitación, uno de ellos le apuntó con un arma en la cabeza, la amenazó y golpeó en el rostro en varias ocasiones, frente a su familia.
En la sala de su domicilio le colocaron una toalla sanitaria y una venda en los ojos; le ataron las manos por la espalda mientras causaban destrozos. Indicó que su hija se acercó llorando y preguntó qué le hacían, y un sujeto le ordenó que se metiera en una de las habitaciones del inmueble, se apunta.
En la carpeta, la víctima expuso que fue subida a un vehículo y llevada a un lugar desconocido, donde fue golpeada e interrogada sobre su presunta participación en diversos ilícitos, tras lo cual fue abusada sexualmente por uno de los agentes, quien la amenazó con hacerle daño a su familia si denunciaba el hecho.
Por último, expresó que se inició una averiguación previa en su contra por su probable participación en los delitos de portación de arma de fuego y posesión de cartuchos del Ejército, Armada y Fuerza Aérea nacionales y otra más por la probable comisión del delito contra la salud en su modalidad de narcomenudeo, mismas que fueron consignadas ante un Juez que inició la causa penal correspondiente en la que se dictó sentencia absolutoria en su favor.
La CNDH determinó que los elementos de la Secretaría de Marina y Policía Federal que participaron en los hechos transgredieron el derecho a la inviolabilidad del domicilio de la víctima al ingresar por la fuerza al mismo, sin orden judicial de cateo o flagrancia que lo justificara; además, al lesionarla durante su aseguramiento se materializaron violaciones al derecho a la libertad y seguridad personal.
El análisis de los estudios médico-psicológicos que le fueron practicados permitió constatar que los golpes, abuso sexual y actos de tortura a que fue sometida le provocaron sufrimientos. Igualmente se pudo establecer que dichas conductas tuvieron la intención de obtener información sobre la comisión de diversos presuntos hechos delictivos.
Asimismo, los agentes incumplieron su obligación de observar el principio del interés superior de la niñez y garantizar de manera plena los derechos de las personas menores de edad que se encontraban presentes al momento de la detención de la víctima.
Debido a ello, la CNDH solicitó a la Secretaría de Marina y a la Comisión Nacional de Seguridad reparar integralmente el daño ocasionado a las víctimas; otorgarles la atención médica y psicológica necesarias; e inscribirlas en el Registro Nacional de Víctimas.
Reforma
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