Las autoridades sólo construyeron aulas provisionales para que los alumnos tomen clases, pero éstas no están en óptimas condiciones y no han iniciado los trabajos de reconstrucción.
Juchitán es el municipio más afectado por el sismo del 7 de septiembre. (Archivo). |
Rubén Mosso
Un juez ordenó al gobierno federal y al del estado de Oaxaca reconstruir de manera inmediata una escuela secundaria que resultó afectada durante el sismo del 7 de septiembre de 2017.
El fallo alcanza al presidente Enrique Peña Nieto, para que él y otras autoridades federales y locales garanticen el derecho a la educación de calidad previsto en el artículo tercero de la Constitución.
“Esto es, realizar las acciones correspondientes para la reconstrucción de las instalaciones de la Escuela Secundaria Técnica número 33, ubicada en el municipio Unión Hidalgo, del estado de Oaxaca, respecto de los daños ocasionados con motivo del sismo ocurrido el 7 de septiembre de 2017, en el entendido de que por el tiempo que duren dichos trabajos, se debe garantizar que las aulas provisionales en que reciben clases los menores se encuentren en óptimas condiciones.
“Con el fin de contar con un espacio digno y en condiciones óptimas para impartir las clases conforme a los planes y programas correspondientes, en los horarios en que se venía impartiendo el servicio educativo con anterioridad al sismo, procurandogarantizar el derecho a la educación y el interés superior de los menores quejosos, es decir, alcanzar las horas efectivas de clase y, en general, de lograr la prestación del servicio educativo con mayor pertinencia, calidad y eficiencia, así como tomar las medidas para recuperar los días y horas perdidos”, detalla la resolución.
La sentencia es inédita y fue emitida el pasado 18 de octubre por Agustín Tello Espíndola, juez Decimoprimero de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, dentro del juicio de amparo 1513/2017.
De acuerdo con el expediente, el amparo fue promovido el 4 de diciembre de 2017 por diversas personas en representación de los menores de edad.
El juez determinó que las pruebas presentadas demuestran que las autoridades responsables sólo construyeron aulas provisionales para que los alumnos tomen clases, pero éstas no están en óptimas condiciones para ello, siendo que para la impartición de la educación se debe cumplir con los requisitos de calidad, seguridad, funcionalidad, oportunidad, equidad, sustentabilidad y pertinencia.
Asimismo, no demostraron que hayan iniciado los trabajos de reconstrucción de la escuela, máxime si ya cuentan con el presupuesto para la reconstrucción de ésta en cuestión, dado que así lo manifestó el director general del Instituto Oaxaqueño Constructor de Infraestructura Física Educativa del Estado a través del oficio de 31 de enero de 2018.
El juzgador enfatizó que al no contar con las instalaciones adecuadas e idóneas para la impartición de la educación básica, no es factible satisfacer el derecho constitucional previsto en su artículo tercero y, en consecuencia el libre desarrollo de los menores.
“En tales circunstancias, queda demostrado que existe la obligación legal de las autoridades responsables Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Secretario, Subsecretario de Educación Básica, Titular del Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa y Coordinador Regional del Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa en el Estado de Oaxaca, todos de la Secretaría de Educación Pública, Secretario y Coordinador Nacional de Protección Civil, ambos de la Secretaría de Gobernación, Gobernador del Estado de Oaxaca”, entre otros.
Milenio - jbh
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