jueves, 24 de mayo de 2018

Diputados de Oaxaca elaboran legislación a modo.


Foto: EMILIO MORALES PACHECO
Congreso local, la legislación a acomodo de los diputados


Luis Ignacio 

Días antes de aprobar la nueva Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales de Oaxaca (LIPEO), en el mes de junio del 2017, los integrantes de la 63 legislatura discutieron la conveniencia o no de exigir a los diputados en funciones su renuncia en caso de aspirar a la reelección u otro cargo de elección popular. La respuesta de la mayoría fue previsible: no requerir la renuncia, con el argumento de que no realizaban actividades ejecutivas y, por tanto, no manejan recursos públicos que puedan desviar para la compra del voto.

También justificaron su actuación en la opinión técnica de los integrantes de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, a petición de los integrantes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ante la Acción de Inconstitucional promovida por el Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) en contra del Congreso de Yucatán por establecer en su ley electoral estatal que en el caso de los diputados no era necesario separarse del cargo a través de licencia para su reelección, en diferencia de la exigencia de separación para miembros del ayuntamiento.

“Esta Sala Superior, como ya lo ha considerado, opina que la norma local que permite a los diputados que buscan su reelección permanecer en el cargo, al no exigirles su separación a través de una licencia, es constitucional”.

Añade que en efecto, esa cuestión ya fue materia de las diversas opiniones identificadas con las claves SUP-OP-6/201714 y SUP-OP-10 y acumulada, en la que este órgano jurisdiccional consideró, sustancialmente, que se trata de un aspecto sobre el cual el legislador local cuenta con libertad de configuración normativa, dado que no existe un parámetro en la Constitución federal que lo vincule a regularlo de una manera u otra.

Sostuvo además que en el caso de los diputados en general, la regulación que autoriza la permanencia. en el cargo a quienes buscan la reelección, atiende a una de las finalidades esenciales de esa institución (la reelección), que consiste en propiciar que, las personas que sean favorecidas por el sufragio popular, ejerzan su encargo bajo un principio de continuidad en su función, de manera que su participación en un proceso electoral en busca de la continuación inmediata en su mandato, no implique una separación o deslinde obligatorio, posibilitando la continuidad ininterrumpida de sus funciones.

Partidos laxos

Aunque en el caso de Oaxaca no todo fue el estricto cumplimiento de la ley, porque en la discusión de la LIPEO varios diputados exigieron no pedir licencia.

Así el coordinador de la bancada del Partido Acción Nacional, Juan Mendoza Reyes, está realizando campaña para una diputación federal, toda vez que -dice- los documentos internos de su partido no le exigen la renuncia y la ley no lo obliga.

En tanto, seis diputados del Partido Revolucionario Institucional (PRI) solicitaron licencia, aunque el oficial mayor del Congreso, Igmar Francisco Medina Matus, todavía no las ha notificado a la Comisión Permanente y, por tanto, no han sido aprobadas.

En el caso de Morena, que sí exigen de forma interna a sus diputados separarse del cargo, el diputado Irineo Molina Espinoza solicitó permiso y llegó su suplente; pero Carol Antonio Altamirano se separó del cargo y después regresó a la curul por la disputa en la designación de su suplente con el panista Mendoza Reyes.

El ex presidente de la mesa directiva, Samuel Gurrión Matías, postulado como candidato a presidente municipal de la ciudad de Oaxaca por la alianza PRD-PAN-MC, tampoco ha solicitado licencia al cargo.

Aunque la la resolución de la Suprema Corte aplica solo para la reelección de los diputados locales, no para quienes buscan un cargo distinto como una presidencia municipal, diputación federal o la senaduría.

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