Frena Corte a AMLO por ley de salarios
Alberto Pérez Dayán, Ministro de la Suprema Corte. Foto: Archivo |
Víctor Fuentes
Cd. de México
El Ministro Alberto Pérez Dayán prohibió a la Cámara de Diputados utilizar la nueva Ley Federal de Remuneraciones para fijar salarios que los servidores públicos recibirán en 2019.
Pérez Dayán concedió ayer una suspensión en la acción de inconstitucionalidad promovida por senadores de Oposición, que pidieron a la Corte invalidar esta ley.
Aunque la Cámara de Diputados y el Poder Ejecutivo pueden inconformarse con la decisión, la Corte discutiría la impugnación hasta el próximo año cuando ya esté aprobado el Presupuesto.
La Ley de Remuneraciones fue impulsada por la mayoría legislativa de Morena tan pronto como asumió la mayoría en el Congreso en septiembre. La iniciativa fue una de las principales promesas de campaña electoral de Andrés Manuel López Obrador.
La ley establece que ningún servidor público puede ganar más que los 108 mil pesos mensuales que devengará el Presidente Andrés Manuel López Obrador.
Los Ministros de la Corte ganan por lo menos el doble de lo que AMLO pretende recibir.
La suspensión no impide expresamente reducir salarios, y Pérez Dayán rechazó la petición de los senadores opositores de dejar vigentes los que se han pagado durante 2018.
Sin embargo, obliga a que los sueldos sean fijados únicamente con base en reglas previstas en la Constitución.
"Procede conceder la suspensión para el efecto de que las remuneraciones que perciban los servidores públicos de los Poderes y todos los demás entes públicos para el ejercicio de 2019, no sean fijadas en términos de la ley reclamada", ordenó Pérez Dayán.
Agregó que los salarios tendrán que ser fijados con base exclusivamente en lo
que prevén los artículos 75, 94 y 127 de la Constitución, así como tercero transitorio de la reforma de 2009 a la Carta Magna, que fijó el sueldo del Presidente como tope.
El artículo 127 señala que es "irrenunciable" la remuneración de funcionarios.
"Los servidores públicos recibirán una remuneración adecuada e irrenunciable por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión, que deberá ser proporcional a sus responsabilidades", establece.
Desafían diputados: sí bajarán los sueldos
Mario Delgado, jefe de la mayoría parlamentaria de Morena, advirtió que la Cámara de Diputados no dará marcha atrás en la reducción de salarios de funcionarios públicos a pesar del freno de la Corte.
En un comunicado expuso que el Presupuesto 2019 se determinará con estricto apego a lo que dice el artículo 127 de la Constitución, donde se establece que nadie puede ganar más que el titular del Ejecutivo federal.
"El 127 constitucional es muy claro, y lamentablemente no se ha respetado durante muchos años, es letra muerta; nos vamos a apegar en el decreto de Presupuesto a lo que dice la Constitución", indicó.
La Corte congela el tope a salarios; pese a resistencia, habrá austeridad: Delgado
La Suprema Corte suspendió la aplicación de la ley de remuneraciones, para analizar las controversias interpuestas, probablemente hasta enero. |
Juan Pablo Reyes
CIUDAD DE MÉXICO.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) suspendió la aplicación de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, que señala que ningún funcionario debe ganar más de los 108 mil pesos que percibe al mes el Presidente de la República.
Al admitir a trámite una acción de inconstitucionalidad interpuesta por senadores de oposición, el ministro Alberto Pérez Dayán expuso que dicha suspensión no impide a la Cámara de Diputados subir o bajar los sueldos como lo considere, pero sí le prohíbe utilizar la ley, impulsada por Morena, para asignarlos.
Así, los salarios tendrán que ser fijados según los artículos 75, 94 y 127 de la Constitución, y el tercero transitorio de la reforma de 2009 a la Carta Magna, que puso como tope el sueldo del Presidente.
En el caso de jueces, magistrados, ministros de la SCJN, consejeros de la Judicatura y los electorales, deberán respetarse sus salarios, pues se encuentran protegidos por la propia Constitución.
En respuesta, el diputado Mario Delgado afirmó que, a pesar de la suspensión de la Corte, el Presupuesto 2019 tendrá recortes al sueldo de la alta burocracia.
SCJN congela la ley sobre altos salarios
El ministro Alberto Pérez Dayán da entrada a la controversia interpuesta por senadores opositores y otorga una suspensión provisional.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) suspendió la aplicación de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, que señala, entre otros puntos, que ningún funcionario puede obtener un sueldo mayor al que perciba el Presidente de la República.
El ministro Alberto Pérez Dayán admitió ayer a trámite la acción de inconstitucionalidad interpuesta por la oposición en el Senado, en la que se expone que la suspensión de la ley no impide a los legisladores incrementar o reducir los sueldos como lo consideren, pero sí prohíbe usar la Ley de Salarios impulsada por Morena para fijar los mismos.
“Con el fin de preservar la materia del juicio y evitar que se cause un daño irreparable, procede conceder la suspensión solicitada para el efecto de que las remuneraciones que perciban los servidores públicos de los Poderes de la Unión y de todos los demás entes públicos para el ejercicio 2019, no sean fijados en términos de la ley reclamada, hasta en tanto se resuelva el fondo de la controversia”, señala el acuerdo.
Pérez Dayán explica en el documento que los salarios tendrán que ser fijados tomando como base lo que prevén los artículos 75, 94 y 127 de la Constitución, así como el tercero transitorio de la reforma de 2009 a la Carta Magna, que fijó como tope el salario del titular del Ejecutivo.
En el caso de los jueces, magistrados y ministros de la SCJN, así como consejeros de la Judicatura y electorales, el Congreso deberá respetar sus percepciones salariales al estar protegidos por la misma Constitución.
De esta forma, el Congreso deberá elaborar en los próximos días el Presupuesto de Egresos de la Federación 2019, como lo hizo cuando avaló el del ejercicio fiscal 2018, tomando en cuenta lo que dicta la Constitución y valorando la situación presupuestal.
“En cumplimiento de sus atribuciones constitucionales, la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión deberá fijar las remuneraciones que correspondan a los empleos establecidos por ley, específicamente el del Presidente de la República, para los efectos de los artículos 75 y 17, con apoyo únicamente en las bases que el mismo texto fundamental previene para tales casos”, expone el acuerdo.
De momento, el Congreso deberá fijar los sueldos como siempre lo ha hecho, sin aplicar la Ley de Salarios y tomando en cuenta las propuestas enviadas por cada dependencia u organismo público.
La suspensión concedida por Pérez Dayán surte efectos en lo inmediato, sin que pueda modificarse o revocarse, y estará vigente hasta que el pleno de la SCJN analice las acciones de inconstitucionalidad presentadas por una minoría de senadores (de PRI, PAN, PRD, Movimiento Ciudadano e independientes) y por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), lo cual podría ocurrir en los primeros meses del próximo año.
Suspende la Corte la ley de tope salarial
AMLO opinó que “los de arriba se dan la gran vida y ahora están enojados porque ganaban 600 mil pesos mensuales”. (Javier Ríos) |
Rubén Mosso
La Ley Federal de Remuneraciones de Servidores Públicos, que mantiene enfrentados al Poder Judicial de la Federación y senadores contra Morena y el presidente Andrés Manuel López Obrador, fue congelada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por lo que no podrán reducirse los sueldos de los funcionarios como establece el estatuto para el próximo año.
El ministro Alberto Pérez Dayán admitió a trámite la acción de inconstitucionalidad que interpuso la minoría del Senado y concedió la suspensión de la legislación. Permanecerá congelada hasta que la Corte determine si es constitucional o no.
El estatuto señala que ni un servidor público federal puede ganar más que el presidente de la República, a quien se le fijó un tope salarial de 108 mil pesos mensuales, tal y como lo propuso López Obrador durante su campaña electoral.
En el acuerdo del ministro, se menciona: “Con el fin de preservar la materia del juicio y evitar que se cause un daño irreparable, procede conceder la suspensión solicitada para el efecto de que las remuneraciones que perciban los servidores públicos de los Poderes de la Unión y de todos los demás entes públicos para el ejercicio de 2019, no sean fijados en términos de la ley reclamada, hasta en tanto se resuelva el fondo de la controversia…”.
Ahora, el Congreso de la Unión deberá elaborar el Presupuesto de Egresos de la Federación 2019 igual que lo hizo con el ejercicio fiscal 2018, con base en los artículos 75, 94 y 127 de la Constitución, así como tercero transitorio del decreto de reforma constitucional publicado en el Diario Oficial de la Federación en 2009, en el que se estableció el sueldo del Presidente como tope.
Es decir, debe fijar los sueldos como siempre lo ha hecho, sin aplicar la nueva ley y tendrá que tomar en cuenta las propuestas enviadas por cada dependencia u organismo público.
Los senadores de PRI, PAN, PRD y Movimiento Ciudadano, además del senador sin partido Emilio Álvarez Icaza, solicitaron la suspensión de los efectos y consecuencias de dicha ley, porque se encuentra en riesgo la vigencia de diversos derechos fundamentales.
Como lo son, entre otros, el de percibir una remuneración proporcional, adecuada y equitativa, “en otras palabras, a recibir un salario digno; de los gobernados de contar con un servicio público eficaz y profesional frente a las responsabilidades confiadas; de división de poderes; de legalidad y seguridad jurídica”.
El ministro Pérez Dayán subrayó en su acuerdo que con este pronunciamiento “no se pone en peligro la seguridad o economía nacionales, las instituciones fundamentales del orden jurídico mexicano, ni se afecta gravemente a la sociedad en una proporción mayor a los beneficios que con ella pudieran obtener los promoventes de la acción”.
“Por el contrario, de no concederse la medida solicitada se afectarían irreparablemente los derechos fundamentales que se aducen como vulnerados, ocasionando con ello daños irreversibles para los servidores públicos y la sociedad, pues… de ser fundados los conceptos de invalidez, la declaración de inconstitucionalidad que se solicita, no tendría efectos retroactivos, ya que éstos solo se permiten para la materia penal”, enfatiza el acuerdo.
La acción de la inconstitucionalidad fue firmada por Miguel Ángel Osorio Chong, Rafael Moreno Valle, Miguel Ángel Mancera y Dante Delgado, líderes de PRI, PAN, PRD y MC, respectivamente, y Álvarez Icaza.
“Cabe destacar que con esta demanda no se pretende que sea la Corte la que fije el salario del Presidente, sino que establezca las reglas constitucionales de las remuneraciones públicas”, indica la acción presentada.
En sus alegatos, la minoría en el Senado manifestó que la ley es inconstitucional porque el Congreso actuó fuera de su ámbito competencial y de manera deficiente, además de que violó el proceso legislativo y el principio de división de poderes.
Jueces y magistrados federales han solicitado a la Corte su intervención para que no se aplique la ley de remuneraciones. La Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito elaboró una “demanda de amparo modelo” con la que pretenden enfrentar leyes e iniciativas de reformas legales y constitucionales por parte del Congreso que, dicen, afectan la autonomía del Poder Judicial de la Federación.
La CNDH interpuso en la Corte una acción de inconstitucionalidad por considerar que la legislación es contraria a la Constitución. La Corte ordenó a los tribunales colegiados aplazar las resoluciones en torno a los impedimentos que promovieron jueces, quienes se excusaron de continuar con el estudio de los amparos.
EL PERFIL
ALBERTO PÉREZ DAYÁN
MINISTRO DE LA SCJN
Aspirante a la presidencia de la Suprema Corte, admitió a trámite la acción de inconstitucionalidad y concedió la suspensión que impide que la ley de remuneraciones se aplique. De carrera judicial, llegó al alto tribunal en 2012 y ha sometido a votación proyectos de sentencia que han dado mucho de qué hablar. Recientemente logró con su proyecto que la Corte ordenará que las empleadas domésticas tengan acceso a la Seguridad Social de manera obligatoria. Asimismo, revivió a la Asamblea Constituyente, porque consiguió que la Segunda Sala reconociera que sí tenía personalidad jurídica para defender a la Constitución; convenció para anular la ley Atenco; admitió a trámite y otorgó la suspensión en la primera controversia que promovió Cuauhtémoc Blanco contra la revocación de su mandato y consiguió que se avalara que el Estado dé acceso a métodos anticonceptivos y orientación sexual y reproductiva a menores de edad.
Las madrecitas y los abuelos combatirán el huachicoleo
El plan para frenar el robo de gasolina, cuyo impacto negativo para las finanzas públicas es de entre 50 y 70 mil millones de pesos al año, considera la participación de madrecitas y abuelos del país.
Tras la primera semana de reuniones mañaneras con el gabinete de seguridad, el presidente Andrés Manuel López Obrador destacó la incidencia de enfrentamientos por la extracción de combustible, en especial en el estado de Guanajuato, donde el huachicoleo se ha desbordado en torno a la refinería de Salamanca.
Se preguntó al tabasqueño si este robo incluía también a los dueños de gasolineras, por la entrega de litros incompletos. “El delito de robo de combustible incluye a los que extraen y a los que distribuyen. La Secretaría de Economía tiene a su vez la responsabilidad de vigilar que se den litros y kilos completos, aunque estamos llamando a los prestadores de servicios a que actúen con responsabilidad”, respondió.
Los gasolineros, como otros comerciantes o empresarios, serán supervisados mediante un sorteo; deberán comprometerse, bajo promesa, a respetar las normas, ya con nuevos parámetros establecidos en ley denominada de Confianza Ciudadana. Si incumplen, serán inspeccionados de manera permanente.
La próxima semana, adelantó AMLO, presentará su estrategia contra el robo de gasolina, el cual estará considerado como delito grave, sin derecho a fianza. Entre otros puntos, se consignará a quien robe al menudeo, desde 10 litros, una práctica común en diversas comunidades del territorio y desarrollada, en mayor medida, por jóvenes, adolescentes y niños.
De ahí, su idea de sumar a las madres, padres y abuelos en una táctica de persuasión para éste y otros ilícitos…
“Vamos a reeditar la cartilla moral de Alfonso Reyes —uno de los poetas, literatos y promotores de la cultura más importantes del siglo pasado— para fortalecer valores culturales, morales y espirituales, así como otros documentos… Se los enviaré a los adultos mayores, para que nos ayuden orientado a la familia, hablando con los nietos sobre la importancia de mantener principios. No me va a costar trabajo porque se está levantando un censo de todos los adultos mayores con derecho a pensión. Les pediré que en el tiempo que les quede libre, hablen con sus familiares, con sus nietos”.
A las “madrecitas”, detalló, “les solicitaré que nos ayuden con sus hijos, ellas están llenas de sentimiento, siempre piensan que los hijos u otra gente de la familia son inocentes y que es una injusticia cuando se les detiene. Deben ayudarnos orientando a los jóvenes, para que no caigan en la tentación de la delincuencia, vamos a informarles que hay empleo para todos”.
Lo describió así desde su discurso en el Zócalo, donde también se refirió al huachicoleo: “Le digo a quienes se ocupan de estas prácticas ilegales, y también a sus familiares, sobre todo a sus mamacitas queridas: si están en malos pasos, ya estáte quieto, si te hace falta trabajo, ya hay un nuevo gobierno y vas a tener ingresos”.
No sólo se trata, dijo, de endurecer las leyes, sino de ofrecer a la juventud opciones laborales y de bienestar…
Corte frena reducción de salarios
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) congeló la Ley Federal de Remuneraciones de Servidores Públicos que establece que nadie puede ganar más que el Presidente de la República.
Esta norma ha confrontado al Poder Judicial y al titular del Ejecutivo y ayer, el ministro Alberto Pérez Dayán admitió a trámite la impugnación a esta ley presentada por senadores.
Concedió la suspensión para que la norma no se aplique hasta que la SCJN resuelva si es constitucional.
Con el fin de preservar la materia del juicio y evitar que se cause un daño irreparable, procede conceder la suspensión solicitada para el efecto de que las remuneraciones que perciban los servidores públicos de los poderes de la Unión y de todos los demás entes públicos para el ejercicio de 2019, no sean fijados en términos de la ley reclamada, hasta en tanto se resuelva el fondo de la controversia”, indica el acuerdo.
Luego de esta resolución, en su gira por Nayarit, el presidente López Obrador reiteró que “no puede haber gobierno rico con pueblo pobre, que eso es lo que ha venido pasando. Los de arriba se dan la gran vida. Ahora están enojados porque ganaban 600 mil pesos mensuales, y se acabó todo eso”, dijo. Ante damnificados que pedían obras y servicios, dijo que tendrían que esperar porque “y qué tal que no nos alcance el presupuesto”.
APLAUDE PRI
Por su parte, la fracción del PRI en el Senado aplaudió la resolución, y consideró que “están a favor de las medidas de austeridad y de acabar con los privilegios; pero ello no se debe usar como pretexto para que el Ejecutivo pretenda violar la división de poderes y situarse por encima del Judicial”.
La resolución significa que el Congreso elaborará el Presupuesto de Egresos de la Federación 2019 como lo hizo con el de 2018 y establecerá los sueldos sin aplicar esta norma.
La SCJN debe resolver las acciones de inconstitucionalidad que presentaron la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y senadores.
El acuerdo señala que los legisladores solicitaron la suspensión de los efectos de esta ley porque está en riesgo la vigencia de derechos fundamentales como el de los servidores públicos a percibir una remuneración proporcional, adecuada y equitativa, es decir, un salario digno. Indicaron que se vulnera el derecho de los gobernados a tener un servicio público eficaz y profesional.
“De no concederse la medida solicitada se afectarían irreparablemente los derechos fundamentales que se aducen como vulnerados, ocasionando con ello daños irreversibles para los servidores públicos y la sociedad”, indica el documento.
Corte frena ley de salarios del nuevo Gobierno; Morena reta: se aplicará
El pleno de la SCJN, en sesión, el pasado 15 de noviembre. Foto: Cuartoscuro |
La Razón Online
La Suprema Corte de Justicia de la Nación ordenó suspender la aplicación de la Ley de Remuneraciones de los Servidores Públicos, que establece que ningún funcionario ganará más que el Presidente de la República, quien se fijó un salario de 108 mil pesos mensuales.
El ministro ponente, Alberto Pérez Dayán, admitió el trámite de la acción de inconstitucionalidad que 55 senadores, entre ellos dos del PT y tres del Verde, aliados de Morena, interpusieron el pasado 5 de diciembre.
“Con el fin de preservar la materia del juicio y evitar que se cause un daño irreparable, procede conceder la suspensión solicitada para el efecto de que las remuneraciones que perciban los servidores públicos de los poderes de la Unión y de todos los demás entes públicos para el ejercicio de 2019, no sean fijados en términos de la ley reclamada, hasta en tanto se resuelva el fondo de la controversia”, señala el ministro en el acuerdo de admisión.
Por lo tanto, la Corte ordena al Congreso elaborar el Presupuesto de Egresos de la Federación como lo hizo para el ejercicio fiscal de 2018.
La resolución de Pérez Dayán, quien aspira a presidir la Corte, determina que las remuneraciones para 2019 de servidores públicos de los poderes de la Unión y de los altos funcionarios no sean fijados en los términos de la citada ley con base en el salario que el Ejecutivo puso, e incluye a integrantes del Poder Judicial.
“La suspensión solicitada para el efecto de que las remuneraciones que perciban los servidores públicos de los poderes de la Unión y de todos los demás entes públicos para el ejercicio de 2019, no sean fijados en términos de la ley reclamada, hasta en tanto se resuelva el fondo de la controversia”, indica el acuerdo.
En su demanda, los promoventes solicitaron que el máximo tribunal del país declarara la invalidez de la Ley de Remuneraciones porque “conllevaría consecuencias materiales perniciosas de muy difícil o inclusive imposible reparación”.
Senadores del PRI, PAN, PRD, Movimiento Ciudadano, además del senador sin partido, Emilio Álvarez Icaza, así como la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), argumentan que las partidas dentro del Presupuesto de Egresos del 2019 relativas a las remuneraciones de los servidores públicos que se contemplan en la Ley de Remuneraciones, las cuales “vulneran los principios constitucionales”, no deben surtir efecto.
Ante esto, pidieron que el ministro ponente considerara el artículo 75 constitucional, el cual refiere que “la Cámara de Diputados al aprobar el Presupuesto de Egresos no podrá dejar de señalar la retribución que corresponda a un empleo que esté establecido por la ley; y en caso de que por cualquiera circunstancia se omita fijar dicha remuneración, se entenderá por señalada la que hubiere tenido fijada en el Presupuesto anterior o en la ley que estableció el empleo”.
El Congreso de la Unión deberá pronunciarse en los siguientes días para elaborar el Presupuesto de Egresos de la Federación 2019, antes del 15 de diciembre.
El Dato: En su demanda, los senadores señalan que se encuentra en riesgo el derecho de los servidores a percibir una remuneración proporcional, adecuada y equitativa.
Se defienden ante nuevo delito
El ordenamiento plantea la “remuneración ilícita”:
En su Título Décimo aborda los delitos cometidos por servidores públicos.
Considera sanciones de tres meses a 14 años de prisión por exceder tope salarial.
Ve multa de 30 a tres mil veces el salario mínimo, aunque la equivalencia ya no debería ser usada.
Propone destitución e inhabilitación para desempeñar ¡cargo, empleo o comisión públicos, de seis meses a 14 años.
Suspende la SCJN la ley federal de remuneraciones
El ministro Alberto Pérez Dayán deberá elaborar el proyecto de sentencia.Foto Francisco Olvera |
Gustavo Castillo García
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó la suspensión de los efectos de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos –que disminuye los salarios de los altos funcionarios y fija en 108 mil pesos la percepción mensual del Presidente de la República–, al aceptar a trámite la acción de inconstitucionalidad presentada por senadores de la República.
De esta manera, la suspensión concedida por el ministro Alberto Pérez Dayán –quien deberá elaborar el proyecto de sentencia– im-pide que se modifiquen los salarios de aquellos cargos que están protegidos por la Constitución en los artículos 75 y 127, que atañen a los integrantes de organismos autónomos que se encuentren en funciones, como la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), y por tanto lo relativo al Poder Judicial de la Federación.
Sin embargo, permite que la Cámara de Diputados establezca la remuneración del presidente Andrés Manuel López Obrador y que para el Presupuesto de Egresos de la Federación 2019 defina aumentar o disminuir los salarios para cargos públicos de la Administración Pública Federal que no estén en los supuestos de los órganos autónomos.
La acción de inconstitucionalidad presentada el miércoles por senadores de PRI, PAN, PRD, MC y varios independientes, entre ellos Mayuli Latifa Martínez Simón, Rafael Moreno Valle Rosas, Miguel Ángel Osorio Chong, Dante Delgado Rannauro y Miguel Ángel Mancera Espinosa, se acumuló al recurso que interpuso la CNDH, aunque este organismo no solicitó ninguna suspensión de los efectos de la ley.
En defensa del sueldo digno
El recurso de los legisladores quedó registrado con el número de expediente 108/2018, y en él solicitaron la suspensión de los efectos y consecuencias del ordenamiento reclamado porque se encuentra en riesgo la vigencia de diversos derechos fundamentales, como son, entre otros, el de los servidores públicos a percibir una remuneración proporcional, adecuada y equitativa, en otras palabras, a recibir un salario digno; de los gobernados de contar con un servicio público eficaz y profesional frente a las responsabilidades confiadas; de división de poderes; de legalidad y seguridad jurídica.
Los legisladores pidieron que para 2019 se aplique la regla prevista en el artículo 75 de la Constitución federal, es decir, que se mantengan las cantidades que se hubieren tenido fijadas en el presupuesto 2018, o bien que se respete lo señalado en alguna legislación anterior que previera un salario para un empleo cuyo periodo no hubiera concluido.
En su acuerdo, Pérez Dayán señala que concede la suspensión solicitada porque de aplicarse el ordenamiento combatido se podrían vulnerar de manera irreparable derechos fundamentales.
Agrega que con el fin de preservar la materia del juicio y evitar que se cause un daño irreparable, procede conceder la suspensión solicitada para el efecto de que las remuneraciones que perciban los servidores públicos de los poderes de la Unión y de todos los demás entes públicos para el ejercicio 2019, no sean fijadas en términos de la ley reclamada, hasta en tanto se resuelva el fondo de la controversia.
Los salarios de quienes integran el Poder Judicial de la Federación (PJF) han sido cuestionados por los legisladores federales –quienes han señalado que los ministros de la Corte ganan más de 600 mil pesos mensuales– y se considera que serán los más afectados por la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos.
Juicios de amparo
En contra de esta legislación más de 300 integrantes del PJF –secretarios de acuerdos, jueces y magistrados– han interpuesto juicios de amparo, que también serán analizados como parte de los recursos contra la ley que fue aprobada en septiembre pasado.
Entre los argumentos que señala el acuerdo de Pérez Dayán para conceder la suspensión de los efectos de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos se encuentra el artículo 94 de la Constitución, que refiere: La remuneración que perciban por sus servicios los ministros de la Suprema Corte, los magistrados de circuito, los jueces de distrito y los consejeros de la Judicatura Federal, así como los magistrados electorales, no podrá ser disminuida durante su encargo.
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