El SAT estableció previamente que los paneles debían reclasificarse como 'generadores eléctricos' y así pagar un arancel de 15 por ciento. Foto: Leticia Rivera Vázquez |
NEGOCIOS / Staff
Cd. de México
Un tribunal federal eliminó el arancel de 15 por ciento a la importación de paneles solares a México.
La Primera Sala Especializada en Materia de Comercio Exterior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa dictó sentencia a favor de la Asociación Mexicana de Energía Solar (Asolmex) e invalidó con ello el arancel que impuso el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
El tribunal estableció que los paneles solares deben de reclasificarse en la fracción correspondiente a células fotovoltaicas ensambladas en paneles solares.
"En octubre de 2015, el SAT determinó que los paneles solares debían reclasificarse en la fracción arancelaria de 'generadores eléctricos', lo que derivó en la imposición de un arancel de 15 por ciento a la importación de estos equipos en el País", refirió la Asolmex en un comunicado.
"La decisión del SAT provocó incertidumbre jurídica a los inversionistas de proyectos solares en México, por lo que Asolmex decidió presentar una demanda de nulidad en contra de la resolución del SAT ante el Tribunal".
La Asociación comentó que la sentencia permitirá incrementar la instalación de paneles solares.
"La Asolmex celebra la resolución del Tribunal, ya que se restituyen las condiciones de certidumbre jurídica al sector y garantiza la competitividad de la energía solar en México. Se estima que, de continuar el impulso al sector, de 2018 a 2024 se logrará la instalación de 18 GW, con un impacto de 315 mil millones en el PIB y una reducción de emisiones de 60 millones de toneladas de CO2", mencionó.
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