jueves, 3 de enero de 2019

El ministro que apoyó el uso lúdico de mariguana.

Arturo Zaldívar Lelo de Larrea ha resuelto temas que en su momento se consideraron controversiales, siendo el más significativo el del uso de la mariguana con fines lúdicos.

Arturo Zaldívar, ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.Fuente: Cuartoscuro

Héctor Gutiérrez

Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, el nuevo ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), es abogado egresado de la Escuela Libre de Derecho y doctor en Derecho por la Universidad Nacional Autónoma de México.

El Senado avaló su nombramiento el 1 de diciembre de 2009, luego de ser propuesto en una terna por el entonces presidente Felipe Calderón Hinojosa, e inició el 7 de diciembre de ese año. Su periodo finaliza el 30 de noviembre de 2024.

Durante 25 años fue abogado postulante en materia constitucional y combinó su actividad con la vida académica.

Ha sido profesor de derecho constitucional en la Escuela Libre de Derecho, también a nivel posgrado en la misma institución, de materias relacionadas con el derecho constitucional y el derecho procesal constitucional.

Dentro de su quehacer como ministro de la Suprema Corte, ha resuelto temas que en su momento se consideraron controversiales, siendo el más significativo el del uso de la mariguana con fines lúdicos o recreativos y de la que, dentro de su proyecto de sentencia, escribió:

“En este sentido, el derecho fundamental en cuestión permite prima facie que las personas mayores de edad decidan, sin interferencia alguna, qué tipo de actividades recreativas o lúdicas desean realizar, así como llevar a cabo todas las acciones o actividades necesarias para poder materializar esa elección.

“De forma que, la elección de alguna actividad recreativa o lúdica es una decisión que pertenece indudablemente a la esfera de autonomía personal que debe estar protegida por la Constitución. Dicha elección puede incluir, como es el caso, el consumo de ‘marihuana’. Es decir, se concluye que las normas impugnadas inciden en el contenido prima facie del derecho al libre desarrollo de la personalidad, toda vez que constituyen un obstáculo jurídico a decidir las actividades lúdicas y recreativas”.

Otra sentencia relevante a cargo de Zaldívar fue la de declarar inconstitucional la prohibición de solicitar el divorcio un año después de haber contraído matrimonio.

Asimismo, ha elaborado sentencias en temas de libertad de expresión, matrimonio igualitario y regulación de publicidad oficial.

Sobre el matrimonio igualitario, señaló: “El matrimonio es un contrato celebrado entre un hombre y una mujer, y al no permitir que se casen dos mujeres o dos hombres, se está excluyendo en razón de la orientación sexual, toda vez que el ejercicio de ésta se refiere precisamente a la elección de pareja.

“En la actualidad, ésta se sostiene primordialmente ‘en los lazos afectivos, sexuales, de identidad, solidaridad y de compromiso mutuos de quienes desean tener una vida en común’”. 
 
El Financiero

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